Descuentos
y reclamos
Tras el proceso de acción
directa convocado por la conducción de la ATEN se procedió
a efectuar una serie de descuentos advertidos desde el CPE, que generaron
reacciones diversas, especialmente de parte de docentes que no se han ausentado
durante los días de huelga.
Por esa razón desde
el Consejo Provincial de Educación (CPE) y el ministerio de Educación
de la Provincia del Neuquén se dispuso que el sábado, 31
de agosto, se habiliten recepciones de documentación sobre el tema
con guardia especial en todos los distritos escolares, y luego evaluar
los descuentos efectuados en los haberes de agosto. La atención
está destinada tanto a los docentes que puedan justificar sus inasistencias,
como a aquellos que se presentaron a trabajar y esa situación no
fue notificada por las autoridades de los establecimientos escolares, a
pesar de que existe una circular del CPE que los obliga a informar.
A tal fin se informa que
se reconocerán los reintegros si se acredita “haber ido a trabajar
(aquí el problema es que los directores no informaron) y tener otra
justificación por la ausencia, que no sea el paro; también
se da el caso de docentes que no tenían obligación laboral
el día del descuento”.
El informe destaca que ya
se regularizaron situaciones de unos 2.285 docentes, mientras que posteriormente
desde el CPE les enviaron escritos a los docentes refiriendo: “Estimado/a
docente: Si corrobora que en el recibo de sueldo ha impactado un descuento
indebido (ya sea porque asistió a la escuela, porque su inasistencia
se debió a algún tipo de licencia, o porque no correspondía
la asistencia el día consignado), deberá seguir los pasos
que a continuación se detallan, dentro de las 48 horas de acreditados
los haberes: 1) Formalizar reclamo ante la Dirección de la Escuela,
quien lo elevará, siguiendo lo prescripto en circular 07/24. 2)
En caso de no habilitarse esa vía institucional, deberá completar
la declaración jurada de modo individual -que se adjunta- y presentarla
ante la Dirección de RRHH del distrito correspondiente, añadiendo
constancia documental de las razones invocadas en el primer párrafo”.
30 08 24